Dependientes

Panorama general

Si usted elige cobertura para usted, sus dependientes elegibles también son elegibles para recibir la cobertura médica, dental y de la vista en la última de las siguientes fechas: el día en que se vuelve elegible para su propia cobertura o el día en el que adquiere a un dependiente elegible, ya sea por matrimonio, nacimiento, adopción o colocación para adopción, una vez que haya presentado a la Oficina del Fondo de Fideicomiso un formulario de inscripción y el comprobante del estatus de dependiente requerido por el Plan.

Un dependiente no se puede inscribir en la cobertura a menos que el participante también esté inscrito. El plan requiere documentación específica para que se demuestre el estatus de dependiente. Un dependiente elegible incluye a su cónyuge legal o pareja de hecho calificada, y a sus hijos dependientes.

Formulario de Inscripción 

Descripción Sumaria del Plan

Adición o remoción de dependientes

La adición de dependientes requiere rellenar un formulario de inscripción nuevo y presentar la documentación requerida como se describe abajo.

Excepto cuando se añade a una pareja de hecho y a sus hijos dependientes, no hay un cargo adicional para que un participante activo añada a un dependiente elegible. Cuando los jubilados añaden dependientes a su cobertura, quedarán sujetos a un aumento de la prima.

Además de un formulario de inscripción rellenado, cuando se añade o se remueve a un dependiente, la documentación requerida es la siguiente:

  • Adición del cónyuge: proporcione una fotocopia legible de su acta de matrimonio certificada.
  • Adición de una pareja de hecho: complete un paquete de pareja de hecho.
  • Remoción del cónyuge: proporcione una copia de su sentencia de divorcio final, incluido el acuerdo de resolución marital.
  • Remoción de una pareja de hecho o del hijo dependiente de una pareja de hecho: rellene un formulario Elección para terminar la cobertura médica de una pareja de hecho.
  • Inscripción inicial de sus hijos biológicos, hijastros o hijos de su pareja de hecho dependientes: proporcione una fotocopia legible de su acta de nacimiento certificada.
  • Adición de hijos adoptados: proporcione una copia de los papeles de adopción.
  • Adición de niños de los cuales usted es tutor legal: proporcione una copia de los papeles de tutela legal registrados.
  • Si su hijo dependiente tiene 19 años de edad o menos y está inscrito en Medicare, usted DEBE presentar una fotocopia de la tarjeta de Medicare de su dependiente.

FAQ

  • ¿Qué es una estipulación de coordinación de beneficios? ¿Tiene este plan una estipulación de coordinación de beneficios?

    El Plan de Indemnización coordina los beneficios con otros planes patrocinados de grupo.  La coordinación de beneficios elimina la duplicación de los beneficios pagados por múltiples planes para los cuales usted o sus dependientes pueden ser elegibles.  Por ejemplo, si su hijo está cubierto por su plan y por el plan de su cónyuge, por lo general el plan del progenitor cuya fecha de cumpleaños es primero en el año (mes y día) paga primero los beneficios, y el plan del otro progenitor paga los beneficios como secundario, sin exceder la cantidad que cobra el proveedor.

    El Plan de Indemnización requiere que, si el cónyuge de un participante elegible trabaja, y tiene la oportunidad de inscribirse en un plan médico través de su empleo, el cónyuge debe tomar el seguro que se le ofrece aunque se requiera una contribución para tal cobertura.  Este requisito sólo aplica al cónyuge de un participante activo y no a sus hijos dependientes.  Si un cónyuge que trabaja no toma la cobertura que se ofrece a través de su empleador, el Plan Médico de Indemnización calculará que los beneficios del otro plan de grupo son un 80 % de los gastos cubiertos incurridos y este plan sólo pagará un 20 % de los gastos cubiertos que se sometan para pago.

Hijos Dependientes

El Plan considera que un hijo es dependiente si es cualquiera de lo siguiente:

  • Un hijo biológico, hijastro, niño legalmente adoptado, o un niño que requiere tener la cobertura en virtud de una orden de manutención médica infantil calificada (Qualified Medical Child Support Order) o de una notificación nacional de manutención médica (National Medical Support Notice), que sea menor de 26 años de edad, ya sea casado o soltero. Los hijos adoptivos son elegibles bajo el Plan cuando se colocan para adopción;
  • Un hijo soltero de quien usted haya sido nombrado tutor legal, suponiendo que el niño sea menor de 19 años y se considere su dependiente para los fines de la declaración de impuestos federales sobre el ingreso;
  • Un hijo soltero de su pareja de hecho calificada, suponiendo que el niño sea menor de 19 años y que sea principalmente dependiente de usted para su manutención financiera;
  • Un hijo soltero elegible en virtud del punto (2) o del punto (3) anteriores que tenga al menos 19 pero menos de 23 años de edad y sea estudiante de tiempo completo en una institución educativa acreditada, siempre y cuando el hijo cumpla los requisitos del punto (2) o del punto (3) anteriores; o
  • Un hijo soltero suyo o de su cónyuge o de su pareja de hecho calificada, de cualquier edad, que no pueda ganarse la vida debido a una incapacidad física o mental, suponiendo que el hijo estaba incapacitado y era elegible como dependiente en este Plan antes de cumplir la edad limitante descrita en los ejemplos anteriores, y siempre y cuando el hijo sea dependiente principalmente del participante para su manutención financiera.

Parejas de hecho calificadas

Una “pareja de hecho calificada” es una persona que el participante ha registrado como pareja de hecho ante cualquier agencia gubernamental estatal o local autorizada para realizar tales registros, y que cumple con los siguientes requisitos:

  • Cualquier relación de hecho anterior que el participante fue terminada al menos 6 meses antes de la fecha de inscripción de la pareja de hecho subsiguiente.
  • Se presentó apropiadamente una solicitud de relación de hecho con el participante, según lo requiere la Junta de Fideicomisarios, y
  • Todos los impuestos requeridos sobre el ingreso imputable atribuibles a los beneficios de la pareja de hecho se pagan al Fondo cuando se vencen.

Para terminar la cobertura de una pareja de hecho rellene un formulario Elección para terminar la cobertura médica de una pareja de hecho. Es posible que también sea necesario terminar su relación de hecho ante la ciudad, el condado o el estado en donde se registraron como parejas de hecho.

Solicitud de Pareja Doméstica  Formulario de Inscripción  

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